Cuando poseemos un bien, una de las preocupaciones más comunes que se nos presenta es cómo proteger a nuestros familiares para el disfrute de estos bienes sin que estos lo pierdan por alguna razón.
Es en este punto donde aparece la figura del usufructo a cobrar importancia. Pues esta nos da el mecanismo jurídico para dicho fin.
Cabe resaltar que este es un término algo complejo y ambiguo de entender. Lo que hace necesario que aprendas ciertos términos antes de proceder a constituir esta figura.
¿Qué es un usufructo?
Un usufructo es una figura jurídica que le da a un usufructuario el derecho a usar y disfrutar de un bien que no le pertenece. Este bien le pertenece a un nudo propietario. Las personas más comunes de ser usufructuarias son familiares y cónyuges del propietario.
Esta figura se establece mediante los dos actores antes mencionados (usufructuario y nuda propiedad) que son necesarios de conocer a detalle para tener una mejor comprensión.
Nudo propietario: es el derecho de una persona de poseer un bien con la limitante de no gozar ni poseer dicho bien.
Usufructuario: es la persona quien tiene las facultades del disfrute de un bien con autonomía de decidir qué hacer en el mismo. Pero con la limitante de que no será propietario y por ende no podrá vender si desea la propiedad.
¿Por qué me convendría usufructuar?
Un usufructo te sirve de herramienta jurídica en caso de querer preservar un bien perteneciente al patrimonio familiar entre los miembros de la familia. Es decir que por ninguna razón legal este bien pase a otras manos.
Por lo general mediante el usufructo lo puedes constituir para calmar dudas que pueden aparecer acerca del manejo que se le dará a este en manos de algún heredero.
¿Sobre qué bienes podría constituir un usufructo?
No existen limitantes si deseas constituir un usufructo. Así lo contempla la ley. Es decir, puedes usufructuar cualquier bien que desees.
¿Cuáles son los bienes más comunes que se pueden usufructuar?
Aunque no tengas limitantes en los bienes que se pueden usufructuar. Los más comunes son los siguientes:
Inmuebles: entre los inmuebles, se pueden considerar las viviendas o las tierras. Por lo general se usufructúa un inmueble para evitar el mal manejo del mismo que conlleve a la pérdida.
Acciones de sociedad: este bien podrías lo podrías usufructuar y consta de qué el nudo propietario ceda sus derechos a las ganancias de la sociedad al usufructuario.
Dinero: puedes usufructuar dinero. Cabe resaltar que en este caso el usufructuario tiene derecho a usar el dinero. Sin embargo este debe regresarlo íntegro aunque sin intereses cuando se termine el usufructo.
¿Qué obligaciones tengo como nudo propietario?
Si eres nudo propietario tienes obligaciones a pesar de pertenecerte la propiedad, por lo tanto debes:
- Ceder los bienes al usufructuario.
- Encargarte de las reparaciones pertinentes en el bien usufructuado a pesar de no gozar de la propiedad.
- Notificar cualquier modificación que desee realizar al usufructuario.
¿Qué derechos tengo como nudo propietario?
A pesar de las limitaciones, si eres nudo propietario tienes derecho a:
- Mantener la propiedad del bien.
- Vender la propiedad si así lo deseas. De hacerlo, el nuevo propietario estará en tus mismas condiciones.
- Si lo necesitas puedes hipotecar la nuda propiedad.
- En mutuo acuerdo con el usufructuario, puedes realizar modificaciones para mejorar la propiedad.
- A la restitución del disfrute de tu bien una vez se termine el usufructo.
¿Qué obligaciones tengo como usufructuario?
Al ser el responsable directo de los bienes, si eres usufructuario, estas obligado a:
- Inventariar los objetos y todo lo concerniente al bien. Con el fin de garantizar la restitución en caso de pérdidas.
- Entregar fianza de compromiso con el nudo propietario para garantizar el buen uso de todo lo relacionado en el bien del que gozaras.
- Las reparaciones menores que se deban hacer en la propiedad.
- En caso de al momento de entregar existan cosas en mal estado. Debes reponer o reparar los daños para su óptima entrega.
¿Qué derechos tengo como usufructuario?
Si eres usufructuario gozarás de los mejores derechos en la constitución de un usufructo. Los principales derechos son los siguientes:
- Puedes gozar de todo el bien sin ningún tipo de limitantes.
- Si así lo deseas, tienes el derecho de arrendar el bien y adquirir la renta que cobres de esto.
- Tiene facultad de realizar mejoras en el bien que disfruta. Cabe resaltar que lo debes acordar con el nudo propietario.
¿Cuáles son los tipos de usufructo según la ley?
Voluntaria: si tienes la voluntad de crear un usufructo. La forma de hacerlo es mediante un testamento donde estipules dicha figura.
Legal: dependiendo de las circunstancias puede aparecer un usufructo legal. Este corresponde si falleces a tu cónyuge viudo o albacea designado.
Temporal: este tipo de usufructo lo puedes constituir por un tiempo según lo estipulado en un testamento. La única forma de ejecutarlo es por medio de usufructo voluntario.
Vitalicio: se da de por vida un usufructo cuando el propietario fallece por medio de usufructo legal. Se termina este usufructo cuando fallece en este caso el usufructuario o cónyuge viudo.
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