¿Necesitas conseguir Asistencia Jurídica Gratuita? No busques más y continúa leyendo este artículo, te proporcionaremos toda la información necesaria para que puedas conseguir Asistencia Jurídica Gratuita.

La Asistencia Jurídica Gratuita muchas veces se confunde únicamente con el derecho al conocido como el abogado de oficio. Pero también comprende otro conjunto de derechos, tales como:

  • El asesoramiento gratuito previo.
  • Publicaciones gratuitas preceptivas.
  • Copias.
  • Asistencias periciales.
  • Los testimonios.
  • Las actas notariales.

También se encuentran incluidas las reducciones en los derechos arancelarios en lo que tiene que ver con actuaciones notariales o actuaciones registrales.

Descubre toda la información relativa a la solicitud de asistencia legal y jurídica gratuita.

Asistencia Jurídica Gratuita ¿Quiénes tienen derecho?

Se trata de un derecho que se encuentra destinado a todas aquellas personas que no disponen de recursos económicos. Es decir, personas de bajos recursos financieros que no pueden costearse ayuda legal de pago.

En la Asistencia Jurídica Gratuita se fijan ciertos límites sobre los ingresos anuales que las personas solicitantes perciben.

Este límite se fija en relación con otro tipo de indicador público. A este se le conoce como el Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Lo que a continuación te mencionamos se tratan de los límites con carácter general, veamos:

  • Aquellas personas que no se encuentran integradas en una unidad familiar el IPREM será:
    • 2 veces y el límite es de 13.557,60 euros, esto en 12 pagas y 15.817,20 euros en 14 pagas.
  • Para los casos de unidades familiares que cuenten con 2 o 3 integrantes:
    • Se fijara el límite en 16.947 euros, esto en 12 pagas y 19.771,50 euros en 14 pagas.
  • Las familias que cuenten con 4 o más miembros:
    • Se le fijara un límite de 20.336,40 euros en 12 pagas y 23.725,80 euros para 14 pagas.
  • Quienes sean ascendentes de familias numerosas que se encuentren en la categoría especial se le fijara el límite en:
    • Un total de 33.894 euros en 12 pagas o en todo caso en 39.543 euros en 14 pagas.
    • Las que tengan 5 o más hijos y aquellas con 4 hijos y que por lo menos 3 procedan de parto, adopción o en todo caso acogimiento permanente o que sea pre adoptivo múltiple.

Además, se debe tener en cuenta que se tendrán en consideración otros tipos de circunstancias socios económicos, tales como:

  • Las propiedades de inmuebles
  • Participaciones en empresas o
  • Las cargas de los mismos

Colectivos protegidos por el derecho a asistencia gratuita

Se podrá reconocer lo que es el derecho a la asistencia jurídica gratuita para atender a las circunstancias de salud de todos los solicitantes u otras personas que posean discapacidad. Esto siempre y cuando los procesos que se desean instar cuenten con alguna relación con las circunstancias.

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Violencia de género, trata de seres humanos o terrorismo

Aparte de los recursos económicos, aquellas personas que son víctimas de violencia de género, trata de seres humanos o terrorismo, tienen derecho a lo que es la asistencia jurídica gratuita. Esta asistencia está destinada para los procesos judiciales en lo que se encuentren involucrados o el mismo posea la condición de víctima.

Personas con discapacidad psíquica o menores de edad

El derecho a la asistencia jurídica gratuita se le reconocerá a las personas con discapacidad psíquica o en menores de edad cuando la misma haya sido víctima de situaciones relacionadas con el abuso o el maltrato, Independientemente de cuáles sean sus recursos económicos disponibles.

Para víctimas de accidentes que necesitan de la asistencia de terceras personas para las tareas principales de la vida

Aquellas personas que por causa de un accidente tengan secuelas, que son permanentes y que las mismas les impidan efectuar sus tareas labores y estos necesiten de la asistencia de terceras personas para ejecutar las tareas principales de la vida. Se procederá cuando la reclamación sea con pretensión a la indemnización de daños morales y personales.

Pasos para conseguir Asistencia Jurídica Gratuita en España

A continuación te dejamos todos los pasos y solicitudes que debes realizar para solicitar ayuda profesional de manera gratuita para llevar tu caso. También te dejamos algunas de las preguntas másfrecuentes que se realizan muchos usuarios que requieren de este tipo de asistencia para poder defenderse ante un tribunal.

Documentos que son necesarios para solicitar asistencia

Lo primero que debes saber antes de conocer los documentos que necesitas para solicitar la Asistencia Jurídica Gratuita es que cada colegio de abogado cuenta con una lista de requerimientos que se deben presentar acompañados de la solicitud.

El colegio de abogados solicitará con carácter general toda la información que se encuentre destinada a acreditar lo que es la situación personal y económica del interesado/a.

La documentación que se solicita es la siguiente:

  • NIE
  • DNI o
  • Pasaporte

Además de:

  • El IRPF (Declaración de la Renta)
  • Certificado de padrón
  • Certificado de Seguridad Social o en todo caso el certificado de empresa y
  • El certificado catastral de bienes inmuebles
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Es importante mencionar que la asistencia jurídica gratuita se encuentra regulada por el artículo 119 de la Constitución de España y la misma establece lo que es el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En cambio, la Ley 1/1996, de fecha 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, es la encargada de regular todos aquellos aspectos que son importantes y en el artículo número 1 explica exactamente el objeto de la mencionada ley.

La ley permite a ciertas personas que puedan liberarse de todos los costos que tienen que ver con un litigio, además de obtener lo que es el asesoramiento previo, la defensa y además la representación gratis de un profesional del derecho (abogado de oficio) y también un procurador.

Presentación de la solicitud

La solicitud para la asistencia jurídica gratuita puede ser solicitada a través de:

  • Las instancias del interesado.
  • Por petición de un Juez o del tribunal en el curso de dicho procedimiento, esto dependerá del procedimiento de que se trate.

En cuanto al procedimiento, la persona interesada debe efectuar la solicitud para que les sea reconocido en derecho, lo que es la asistencia jurídica gratuita, esto en el Colegio de Abogados, en el sitio donde se encuentre el Juzgado que se dirija a conocer sobre el asunto o a través del Juzgado que se encuentre cerca de su domicilio.

Cuando existen casos que sean varios demandantes, entonces dicha solicitud deberá formalizarse de manera individual.

Asistencia Jurídica gratuita: ¿Quiénes componen las comisiones?

Las comisiones para la asistencia jurídica gratuita las componen los miembros del Ministerio Fiscal, que se encuentra designado por el Fiscal Jefe del Tribunal Supremo de Justicia o de la Audiencia Provincial que corresponda.

Estas comisiones se encuentran integradas por el Decano del Colegio de Abogados y del Colegio de Procuradores o en todo caso por el Abogado o el Procurador que los mismos designen para el caso.

Cuenta, además, con 2 miembros que suelen ser nombrados por las Administraciones Públicas de donde las mismas dependen, cabe destacar que uno de ellos suele actuar como Secretario.

¿Se puede revocar la concesión del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita?

Cuando en la solicitud, la persona interesada hubiese manifestado datos que son errados o que puedan ser falsos o que estos hayan sido ocultados, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita podrá revocar la concesión al derecho a la asistencia jurídica gratuita.

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Al ocurrir estos casos, la persona que ha solicitado la asistencia jurídica gratuita estará en la obligación de pagar los honorarios del abogado y los honorarios del procurador que han devengado desde el momento de la concesión del derecho, además debe pagar los costos de todos los servicios de los que ha sido beneficiado por el reconocimiento del mismo.

Beneficios de conseguir la ayuda jurídica gratuita

Dentro de los beneficios que se encuentran derivados de la asistencia jurídica gratuita se encuentran los siguientes:

  • Orientación y asesoramiento gratis que sean anteriores al proceso judicial.
  • La asistencia de un abogado para la persona que se encuentra presa o detenida, esto sin que haya sido nombrado en cualquier trámite policial que no haya sido consecuencia del llamado procedimiento penal (en curso), o en todo caso, en su primera comparecencia ante el órgano jurisdiccional o cuando la misma sea llevado a cabo a través de auxilio judicial y la persona que se encuentra detenida o que está presa no ha designado a un abogado en el sitio donde la persona se ha presentado.
  • Representación y defensa gratis por parte del abogado y del procurador en lo que se refiere al procedimiento judicial, es decir, cuando la intervención sea totalmente legal y obligatoria. O cuando no sea solicitada expresamente por un Juzgado o un Tribunal que pueda garantizar lo que es la igualdad de ambas partes en dicho proceso.
  • Tiene la ventaja de la liberación de los pagos de depósitos que son necesarios para lo que es la interposición de los recursos.
  • En el proceso cuenta con la asistencia pericial gratuita.
  • Obtiene de manera gratis las copias, instrumentos, testimonios y las actas notariales, esto en los términos que se encuentran previstos en el Reglamento Notarial.

Acerca del autor

Beatriz Díaz Beltrán es abogada especializada en derecho de familia, actualmente presta sus servicios en la Comunidad de Madrid. Es colaboradora habitual de la plataforma web Catalogo Legal